31 dic 2011

11. La declaración de derechos de Virginia.

TEXTOS DE LA REVOLUCIONES LIBERALES.


Las primeras manifestaciones del liberalismo

La Declaración de Derechos de Virginia representa uno de los primeros grandes documentos defensores de los ideales de la Ilustración y de los que serán, a partir de la revolución francesa, los grandes ideales del liberalismo frente al despotismo absolutista.
I. Que todos los hombres son, por naturaleza, igualmente libres e independientes, y que tienen ciertos derechos inherentes de los que no se pueden privar o desposeer
(…); a saber, el goce de la vida y de la libertad con los medios de adquirir y poseer la propiedad y perseguir y obtener la felicidad y la seguridad.
II. Que todo poder está investido en el pueblo y, por consiguiente, deriva del pueblo (…).
IV. Que ningún hombre o grupo de hombres tiene derecho a privilegio o ventajas exclusivas o separadas de la comunidad, sino en consideración del desempeño de servicios públicos, cuyos cargos no son transmisibles, no debiendo ser hereditarios los oficios de magistrado, juez o legislador.
V. Que los poderes legislativo, ejecutivo y judicial deben estar separados y son diferentes; y que los miembros de estos poderes (…) deberán, en períodos determinados, volver a su empleo particular (…) supliendo las vacantes por elecciones frecuentes, seguras y regulares (…).
VI. Que todas las elecciones deben ser libres y que todos los hombres que hayan probado suficientemente su adhesión a la comunidad y un interés común permanente con ella tienen derecho de sufragio, y no podrán ser gravados con impuestos o privados de su propiedad para uso público sin su propio consentimiento o el de sus representantes así elegidos (…).
VIII. Que en todos los procesos criminales o de pena capital el acusado tiene derecho a conocer la causa y naturaleza de su acusación, a ser confrontado con los acusadores y testigos, a aducir testimonios a su favor y un juicio rápido por un jurado imparcial (…) sin cuyo unánime consentimiento no podrá ser considerado como culpable; y nadie podrá ser obligado a dar testimonio contra sí mismo; ni ningún hombre podrá ser privadode su libertad sino de acuerdo con el derecho del país o por el juicio de sus iguales (…).
XII. Que la libertad de prensa es uno de los más grandes baluartes de libertad y no puede ser restringida sino por un gobierno despótico (…).
XVI. Que la religión o el deber que tenemos para con nuestro Creador y la forma de cumplirlo solo puede estar dirigido por la razón y la convicción, y no por la fuerza o la violencia; y, por consiguiente, todos los hombres están igualmente autorizados al libre ejercicio de la religión de acuerdo con los dictados de su conciencia (…).
Declaración de Derechos de Virginia, 1776.

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